El indicador, denominado IRAV, sustituirá al IPC como referencia para actualizar las rentas de alquiler firmadas después de la Ley de la Vivienda y establece que los alquileres podrán subir hasta un 2,2%.
Los alquileres que se revisen ahora podrán subir hasta un 2,20% según el nuevo índice de referencia publicado este jueves por el Instituto Nacional de Estadística (INE). Se aplica a los contratos firmados tras la entrada en vigor de la Ley de Vivienda, el 25 de mayo de 2023.
La ley por el derecho a la vivienda establece una serie de medidas de contención de precios en la regulación de los contratos de alquiler. Además, reconoce al INE como encargado de definir un índice de referencia para la actualización anual de los contratos, con el objeto de evitar incrementos desproporcionados.
Para dar cumplimiento a dicha ley, el organismo definió este nuevo índice con las siglas IRAV, que sustituye al IPC como referencia principal para actualizar las rentas de alquiler de los contratos firmados después del 25 de mayo de 2023.
Las actualizaciones se producen de forma anual, por lo que los miles de caseros que tengan que revisar en enero de este año el alquiler de sus inquilinos podrán aplicar como máximo esta subida del 2,20%. Sin embargo, también existe la posibilidad de prorrogar la renta durante cinco años si el propietario de la vivienda es un particular o hasta siete años si es un gran inversor.
Los alquileres se actualizaban tradicionalmente en la mayoría de los casos con el IPC, pero cuando la inflación se disparó tras la invasión de Ucrania por parte de Rusia hace dos años, el Gobierno decidió en abril de 2022 limitar la subida de los alquileres al 2% y, posteriormente, en 2024, al 3%.
Con la entrada del nuevo año, en 2025 esos límites a la subida del alquiler desaparecen y empieza a aplicar este nuevo índice de referencia. El IRAV se calcula teniendo en cuenta la tasa de variación anual del IPC, la tasa de variación anual del IPC subyacente y las tasas de variación anual media ajustada de ambos.
El primer dato publicado este jueves, correspondiente a noviembre, es del 2,20%, por lo que si el propietario decide aplicar esta subida al inquilino tendrá que notificársela por escrito, respetando los plazos y condiciones recogidos en el contrato.
A modo de ejemplo, para un alquiler firmado en enero de 2024 con una renta de 900 euros que toque revisarse ahora, una vez cumplido el año, podrá aplicarse como máximo una subida del 2,20%, lo que permitiría al propietario aumentar la renta 19,8 euros, hasta los 919,8 euros. (agencia EFE)
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